CNE recuerda a entidades públicas y privadas que las actas de nacimiento no se vencen

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La rectora principal del Consejo Nacional Electoral, Tania D’Amelio, recordó este jueves que las copias y certificaciones de las actas de nacimiento asentadas en los libros del Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, por lo que no requieren renovación para su autenticidad.

«De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, las copias y certificaciones de las actas, debidamente asentadas en los libros del Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, razón por la cual no se requerirá su renovación para efectos de su validez», dijo a través de twitter.

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Según el texto, solo deberá verificarse que las copias y certificaciones de las actas de nacimiento «sean legibles y no contengan enmiendas y/o tachaduras que dificulten su comprensión».

El CNE exhortó a los órganos y entes de la administración pública e instituciones educativas públicas y privadas, abstenerse de requerir a los ciudadanos las certificaciones con una fecha determinada de expedición.

Con información de Punto de Corte

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